CCPIDG aprobó protocolo de la Junta de Protección de Derechos de Guayaquil personas adultas mayores.

CCPIDG aprobó protocolo de la Junta de Protección de Derechos de Guayaquil para atender los casos de amenaza o vulneración de derechos de las personas adultas mayores
El pasado lunes 5 de julio en sesión virtual, los miembros del Pleno del Consejo Cantonal de Protección Integral de Derechos de Guayaquil aprobaron por unanimidad el Protocolo de atención y operatividad de la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Guayaquil para los casos de amenaza o vulneración de derechos de las personas adultas mayores, con el objetivo de garantizar sin discriminación alguna el acceso gratuito, y la atención oportuna, eficiente y prioritaria a la justicia de este grupo de atención prioritaria.
Según la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, vigente desde el 9 de mayo del 2019, establece que son atribuciones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados garantizar el funcionamiento de los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos de políticas y servicios especializados a favor de las personas adultas mayores.
En este ámbito, la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Guayaquil tiene la competencia de conocer de oficio o a petición de parte, los casos de amenaza o vulneración de derechos de las personas adultas mayores dentro de la jurisdicción del respectivo cantón; y dispondrá las medidas administrativas de protección que sean necesarias para amparar el derecho amenazado o vulnerado.
El proceso para la atención y recepción de denuncias relacionadas a personas adultas mayores es el siguiente:
1.- Las personas adultas mayores o cualquier ciudadano podrán acercarse a la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Guayaquil a presentar la denuncia por presunta vulneración de derechos.
2.- Si es competencia de la Junta se receptará la denuncia; caso contrario será direccionado a la institución pertinente.
3.- El miembro de la Junta designado analizará el caso. Si es una situación de emergencia se dictarán las medidas de protección provisionales en un término máximo de 24 horas; caso contrario, se procederá con la avocatoria respectiva en un término de 3 días.
4.- Los implicados en la denuncia serán citados a una audiencia. La notificación se realizará personalmente o mediante una boleta que será entregada en el domicilio.
5.- En la audiencia se escucha a todas las partes y la Junta Cantonal pronuncia su resolución del caso de manera oral; y de forma escrita se la realiza en el término de 3 días.
6.- Después de ser notificada la resolución, las personas pueden solicitar aclaraciones, rectificaciones y subsanaciones. En tres días, el órgano competente tomará las respectivas decisiones.
7.- La Junta Cantonal de Protección de Derechos hará el seguimiento de las medidas de protección dictadas, las mismas que pueden ser sustituidas, modificadas o revocadas.
Las oficinas de la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Guayaquil están ubicada en Gómez Rendón entre Noguchi y Rumichaca, y el horario de atención es de lunes a viernes de: 09h00 a 12h00 y de 13h00 a 16h00.